Derechos y Deberes de los Asociados
Los asociados de la Cooperativa podrán ser todas aquellas personas físicas o jurídicas con capacidad legal, que requieran el servicio de energía eléctrica u otros servicios que se brinden, y que reúnan y acepten los requisitos que establece el estatuto de la Coopesantos.
La cantidad de delegados que conforman la Cooperativa, será ilimitada y no habrá certificados de aportación privilegiados ni asociados con privilegios especiales. Ninguno de los asociados podrá ser dueño de más del 10% del capital de la Cooperativa, excepto organismos estatales, municipales y otros sin fines de lucro.Cada asociado deberá de pagar una cuota de ingreso de quinientos colones, la cual se usará de acuerdo con las disposiciones de la Ley.
Los asociados deberán de cumplir las siguientes obligaciones
- Satisfacer oportuna y cumplidamente sus obligaciones para con la Cooperativa y pagar puntualmente la prestación de servicios contratados conforme a las tarifas vigentes.
- Suscribir y pagar un mínimo de certificados de aportación con relación a la inversión que la Cooperativa realice para dar ese servicio.
- Desempeñar satisfactoriamente las comisiones y cargos que se les encomiende por parte de la Asamblea, el Consejo de Administración o la Gerencia.
- Otorgar gratuitamente a la Cooperativa las servidumbres de paso para las instalaciones requeridas en los servicios a sus asociados.
- Asistir a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias a las que sea convocado legalmente o nombrar delegados a las mismas, según sea el caso.
- Cuidar los bienes de la asociación y contribuir a su mejoramiento y progreso.
- Observar personalmente y exigir de los demás el fiel cumplimiento del estatuto, de los reglamentos, así como acatar las resoluciones de la Asamblea y Consejo de Administración
Los siguientes son los derechos de todos los asociados
- Participar de los servicios y beneficios que la Cooperativa otorgue.
- Celebrar los contratos necesarios con la Cooperativa para acceder al uso de los servicios que suministre.
- Elegir y poder ser electo a los cargos de dirección de la Cooperativa.
- Recibir los excedentes a que tengan derecho, de acuerdo con los resultados de cada ejercicio económico y con lo que disponga la Asamblea.
- Solicitar al Consejo de Administración y Comité de Vigilancia la convocatoria a asamblea extraordinaria, cuando su interés sea respaldado al menos por el veinte por ciento del total de asociados o su equivalente en delegados.
Los siguientes son causas que harán perder la calidad de asociado
Sanción que en todo caso aplicará la Asamblea por mayoría no menor a los dos tercios de votos presentes, previa información al respecto del Consejo de Administración y del Comité de Vigilancia y aplicado el debido proceso:
- A quien por negligencia, descuido o dolo cause perjuicio grave a los bienes de la Cooperativa.
- A quien incumpla las obligaciones contraídas con la Cooperativa, las cuales se establecen en el presente Estatuto o en los reglamentos internos.
- A quien por acción u omisión participe en actos que desprestigien a la Cooperativa o entorpezcan el correcto y normal funcionamiento de la misma.
- A quien cometa hurto o estafa de energía o cualquier otro delito en perjuicio de la Cooperativa.
La responsabilidad de los asociados para con la Cooperativa y para con los acreedores de ella, queda limitada a la suscripción de los certificados de aportación que ellos hayan efectuado con la asociación y desaparece un año después de haber sido aceptada su renuncia por el Consejo de Administración, conforme lo estipula la Ley Asociaciones Cooperativas.
Desempeño Económico
Coopesantos R.L. pone a disposición de todos nuestros asociados, los estados financieros auditados, los cuales son una fotografía financiera de la estructura organizacional.
Los estados financieros, tienen como principal objetivo proveer información sobre la posición financiera, resultados de operaciones, y flujos de efectivo de la empresa, los cuales son de utilidad para un amplio rango de asociados en la toma de sus decisiones